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Tipo de obras

Mas allá de las categorías de proyectos que han sido establecidos internamente por el DPP, se debe especificar el tipo de obra que se pretende implementar con el proyecto.

Al otro extremo del encabezado se encuentra un cuadro que ofrece tres (3) opciones de selección que corresponden al tipo de obra proyectada. El solicitante deberá seleccionar solo una de las casillas según pretenda depositar una de las siguientes:

  • Nueva Construcción.
  • Remodelación / Ampliación.
  • Construcción Atípica.

Las obras de Nueva Construcción se refieren a proyectos a partir de los cuales se pretende levantar sobre un terreno vacío una edificación o un conjunto urbano de nueva construcción.

Las obras de Remodelación y Ampliación se refieren a proyectos a partir de los cuales se van realizar cambios en la configuración de una edificación o un conjunto urbano existente, ya sea que como resultado de esto surjan o no cambios en las características de uso de suelo, la densidad de ocupación, las dimensiones actuales, y demás.

Las obras de Construcción Atípica incluirán a todo tipo de proyecto que no se corresponda a los dos tipo anteriores, pudiendo ser entre otros: Antenas, Atracaderos de Barcos, Vallas Exteriores, etc.